Forma de la cesión de derechos hereditarios

Publicado en: LA LEY 24/11/2011 , 1 • LA LEY 2011-F , 1102

Sumario: I. Introducción. II. La cesión de derechos y la interpretación legal. III. Conclusión.

“La cesión de herencia es un negocio solemne relativo que debe instrumentarse en escritura pública. La cesión que pretendiera formalizarse en otro instrumento público (acta judicial) o instrumento privado protocolizado es ineficaz como tal.” Sigue leyendo

Actividad actual:

El fideicomiso y la protección a la legitima hereditaria

ANTECEDENTES. Hechos I:

Una persona adquirió por contrato celebrado en instrumento privado, el carácter de fiduciante respecto de un contrato de fideicomiso cuyo destino es la construcción de un edificio, su posterior afectación al régimen de Propiedad Horizontal, y la transmisión de una unidad funcional a su favor.Esta persona ha fallecido, y habiéndose tramitado su sucesión, los sucesores cuentan actualmente con la correspondiente declaratoria de herederos que los individualiza como herederos Sigue leyendo