Cuál es el “título inscripto” a que hace referencia el artículo 23 de la Ley 17.801, existiendo declaratoria de herederos inscripta?

Por Natalia Iapalucci y Ezequiel Cabuli, publicado en Microjuris Fecha: 27-feb-2014

Cita: MJ-DOC-6606-AR | MJD6606

I) Introducción:
Una cuestión frecuente que presenta la realidad inmobiliaria, es determinar cuál es el “titulo” que el artículo 23 de la Ley 17.801 exige al escribano o funcionario público tener a la vista inscripto, al autorizar documentos de transmisión, constitución, modificación o cesión de derechos reales sobre inmuebles, cuando el adquirente falleció y los disponentes son sus herederos con declaratoria inscripta. Una duda frecuente en el ámbito notarial es si se trata exclusivamente la declaratoria de herederos, si se trata de la escritura de adquisición o ambas. Sigue leyendo

Los principios esenciales la buena fe y la equidad en el sistema de prehorizontalidad Cabuli, Ezequiel

 

 

Publicado en: LA LEY 2005-A , 680

Fallo Comentado:  Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sala D (CNCiv)(SalaD) ~ 2004/09/10 ~ Almagro Construcciones S.A. c. Gómez, Vilma J.

Sumario: SUMARIO: I. La obligación de someterse al Régimen de la Ley de Prehorizontalidad. – II. La pesificación y el reajuste del saldo de precio adeudado. – III. La empresa vendedora y la parte compradora. Sigue leyendo